El Gobierno Vasco ha publicado la habitual convocatoria para aquellas personas con titulación superior y 30 años como máximo, tanto de Euskadi como de la Diáspora, que deseen realizar prácticas en el seno de la Administración vasca, especializándose y formándose en el área de las Colectividades y Centros Vascos en el exterior.
Cada una de las dos becas está dotada de 15.800 euros, a lo que habrá que aplicarle la retención fiscal correspondiente. El plazo para la presentación de candidaturas finalizará el día 10 de diciembre. El impreso para ello y las bases pueden hallarse en el Boletín Oficial del País Vasco. Las referencias que el texto realiza el Decreto 221/2003 de 30 de septiembre de 2003, por su parte, pueden consultarse en http://www.euskadi.net/cgi-bin_k54/bopv_20?c&f=20031010&a=200305450
Ante dudas o consultas puede escribirse por e-mail, euskaletxeak@ej-gv.es
Conjuntamente con el impreso de solicitud, han de presentarse los siguientes documentos:
-Fotocopia del DNI; en el caso de los socios de Centros Vascos, el pasaporte
-Certificados acreditativos de los requisitos recogidos en las letras a) y b) del artículo 4 del Decreto 221/2003 de 30 de septiembre
-Curriculum vitae, con inclusión del expediente académico
-Certificados de los estudios realizados y la experiencia práctica que tengan especial relevancia para la beca a la que se aspira. Los estudios que se acrediten, con objeto de ser computados como méritos, deberán tener carácter oficial y validez académica. Cuando no sea posible aportar documentos acreditativos de la capacidad de expresarse en forma oral o escrita en los idiomas cuyo conocimiento se valora como mérito según el artículo 8, deberá realizar las pruebas pertinentes
-Copia de los trabajos y publicaciones realizados por el solicitante
-Una fotografía tamaño carnet
-Declaración jurada de no haber sido beneficiario con anterioridad de una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco
-Declaración jurada de no estar incurso/a en ninguna prohibición o en sanción administrativa o penal que conlleve la imposibilidad de obtención de subvención o ayuda pública
*ARTICULO TOMADA DEL BOLETIN "ALMA VASCA"
No hay comentarios:
Publicar un comentario